Site Overlay

Diferencia entre las (PROs) como ASCAP, BMI, SESAC, ACEMLA, y SoundExchange. 

Conceptos Básicos. 

Dependiendo de cómo se estén utilizando los derechos es el tipo de regalía que se genera. Hoy en específico hablaremos del derecho a la ejecución. El copyright o el derecho de autor es el derecho de exclusión que tiene el compositor sobre su obra creativa y original una vez está inmediatamente de expresión, es decir una vez es grabada, escrita, o una vez tú la puedes percibir con los sentidos, ahí nace ese derecho de exclusión y solamente el compositor y las personas a quien el compositor le de permiso a través de las llamadas licencias, puede hacer una de 6 cosas. 

Esas 6 cosas son: 

  1. Reproducción o hacer copias de la obra  
  1. Desarrollar trabajos derivados 
  1. Distribuir la obra  
  1. Ejecutar la obra en público el llamado performance  
  1. Presentar la obra en público el llamado exhibition  
  1. La transmisión pública en audio digital 

Son los 6 derechos que un compositor musical tiene tan pronto como se configuran los 3 elementos del copyright tan pronto crea una obra original que es creativa y que están protegidos de expresión. Como regla general quien tiene estos 6 derechos es el creador o la creadora de la obra que en ese caso es la persona que en efecto crea la obra, pinta al cuadro, graba las canciones, escribe las composiciones, esa es la persona que tiene esos derechos.  

Como excepción está la persona que es comisionada y que no es la dueña de ese derecho, es el caso cuando una productora hace un trabajo por encargo, el llamado Work for hire y esa persona en ese caso no es la dueña de la obra sino quien lo contrató a través de un contrato por escrito que se da antes o durante la creación de una obra. 

Una vez conoces cuáles son los derechos, quién es el dueño de la obra, es importante que entiendas como esto aplica a la hora de monetizase, ASCAP, BMI, SECAC en otras, son performance rights organizations ¿qué significa esto?, estas son asociaciones que tienen la capacidad y el poder de recolectar las regalías o el dinero que produce como consecuencia de la ejecución pública de una obra, en este caso la composición. Importante recordar que la composición es una cosa y el máster es otra, la composición es letra con melodía y tiene que ver con la canción sin haber estado necesariamente grabada como un sound recording y un máster es el formato digital o ese formato específico donde está grabado, es el sound recording con la grabación específica. Es posible haber compuesto la canción y no ser el dueño del máster porque a lo mejor el productor se encargó de todos los gastos de este.  

Los derechos para la composición no necesariamente significan que tengas derecho sobre el máster, en el contexto de la composición recuerda que tenemos el autor quién es el dueño de la obra y el autor o la autora también es dueño de esos derechos de explotación económica, los 6 derechos que mencionamos anteriormente, la excepción a que ese autor no sea su propio Publisher (la persona que administra sus derechos) es porque contrata a otra persona. Suponiendo que el compositor es su propio Publisher, lo que debe hacer es registrar sus obras ya sea en ASCAP o BMI que son las dos a las cual cualquier persona puede entrar siempre y cuando pague un fee de suscripción. 

¿Cuál es el rol de BMI o ASCAP? Es recolectar las regalías de la ejecución pública de la composición para luego pagarle al escritor y al Publisher  

¿Porque el compositor quiere estar con ASCAP, BMI o con cualquiera otro? Porque no tiene la capacidad de estar pendiente a cada vez que suena una canción en un escenario público, para ir ahí a recolectar. 

¿Cuáles son estos lugares? Pueden ser radio, televisión, live performances como conciertos etc. y el interactive streams cómo sería el escenario donde una persona escoge una canción para escucharla, si una persona escoge una canción para escucharla también se considera un public performance. 

Estas organizaciones lo que hacen es que una vez que el compositor está suscrito y registra su canción, ellas van a recolectar la cantidad que le toca al compositor a través de las regalías y le van a dar la parte al compositor y al Publisher. 

¿Qué es SoundExchange? SoundExchange hacen básicamente el mismo trabajo, pero a través del streaming no interactivo ¿qué significa streaming no interactivo? cuando por ejemplo escuchas música en Pandora tú no tienes la capacidad de escoger qué canción quieres escuchar, tú pones una radio y la radio a través de unos algoritmos comienzan a ofrecerte música, pero tú no estás escogiendo, ahí SoundExchange cobra las regalías pero no de la composición sino del máster y lo que hace SoundExchange (si la canción está registrada como Master) va a recolectar el dinero y le va a pagar al artista o dueño del máster, si es un artista independiente se le pagará al artista según el porcentaje que haya configurado en el Split sheet, si el artista tiene contrato con una disquera o si está pensando firmar con alguna disquera muchas veces la disquera es dueña del máster y ella recolecta y le paga al artista, si el artista no tiene contrato con los músicos de su grabación lo más seguro es que los músicos también aparezcan en SoundExchange, para cobrar del máster y si hay un artista con un feature también ese artista va a cobrar de ahí. Una de las preguntas es ¿Sí yo tengo derecho en la composición y el máster, cobro de los dos? la respuesta es sí.  

Lo importante es que entiendas que en la industria de la música existen bolsillos distintos y dependiendo de cómo se esté utilizando la composición es el tipo de regalía que te va a tocar y de qué bolsillos salen las regalías. Ya entiendes que es un ASCAB, BMI, cuál es el rol que ellos tienen y la diferencia con SoudExchange 

Invierte en artistas musicales

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *